El impuesto vehicular o predial que la entidad dejó pasar sin cobrar se puede declarar prescrito. Hacemos la petición completa ante la gobernación o la alcaldía.
Nos manda el estado de cuenta o la liquidación. Le decimos qué años pueden prescribir.
5 minutos$250.000 por link. Cédula, estado de cuenta o liquidación y firma el poder por chat.
10 minutosAnte la gobernación o la alcaldía. Responde en 15 días hábiles.
24 horas hábilesCinco preguntas por WhatsApp antes de cobrar. Si no aplica, se lo decimos sin costo.
Verificamos que los documentos digan lo que usted nos contó, antes de redactar.
Cada escrito lo redacta y lo firma el abogado titular. Nada sale sin revisar.
Cuando pasan cinco años sin que la entidad inicie el cobro en debida forma. Al ver su estado de cuenta le decimos qué años cumplen el requisito.
Su cédula y el estado de cuenta o la liquidación del impuesto, que se descarga de la página de la gobernación o la alcaldía.
Radicamos en 24 horas hábiles. La entidad responde en 15 días hábiles.
Sí. La prescripción solo cubre los años viejos. Los recientes hay que pagarlos o acordar un plan.
Le respondemos por WhatsApp y le decimos si su caso aplica, sin costo y sin compromiso.
Escribir por WhatsAppEste sitio ofrece servicios profesionales de un abogado inscrito ante el Consejo Superior de la Judicatura. No promete ni garantiza resultados. Las acciones de tutela, los derechos de petición y las reclamaciones ante entidades pueden presentarse gratuitamente y sin abogado. Alberto Bernal Duplat · T.P. 124087 del C. S. de la J. · Bogotá, Colombia.